SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0120/2012

Fecha: 02-May-2012

II.4.

II.4.    Mediante edicto policial de 7 y 19 de enero de 2011, la Presidenta del Tribunal Disciplinario Permanente de Santa Cruz, dentro de los procesos disciplinarios policiales administrativos seguidos contra miembros de la Guarnición Policial, entre ellos el accionante, al no tener domicilios conocidos e ignorándose su paradero, dispuso su notificación mediante edicto de ley para la audiencia del proceso oral, público, continuo y contradictorio. Asimismo, se emplazó a los procesados para que se presenten en oficinas del mencionado Tribunal en el plazo de diez días, caso contrario serían declarados rebeldes y contumaces a la ley. Cursa memorándum del Tribunal Disciplinario Departamental de 21 de enero de 2011, de designación de abogado de oficio del accionante, para la audiencia en el proceso disciplinario seguido en su contra (fs. 31 a 33).