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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2012

    Fecha: 14-May-2012

    denegar

    En consecuencia, la situación planteada no se encuentra dentro de las previsiones del art. 128 de la CPE, por lo que el Tribunal de garantías, al denegar la acción de amparo constitucional aunque con distinto fundamento, efectuó una adecuada compulsa de los antecedentes procesales y dio correcta  aplicación al citado precepto constitucional.

    • ,
    • I.1.1
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • I.3. Consideraciones de Sala
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
    • siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
    • Fragmento 17
    • III.2. Principio de subsidiaridad,
    • 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
    • III.3. Carga probatoria reside en accionante o agraviado
    • Fragmento 21
    • sentencia anulada
    • III.4.2. Sobre el extravío de la prueba testifical
    • denegar
    • APROBAR

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