Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2012
Fecha: 14-May-2012
II.5.
II.5. Las partes ofrecieron sus peritos habiendo sido aprobado el informe pericial efectuado por el Perito designado de oficio, cuyo avalúo fue impugnado extemporáneamente por AASANA, motivando su ejecutoria y respectiva Resolución de 11 de agosto de 2004, mediante la cual se califica los daños y perjuicios que debe pagar la entidad demandada a favor del demandante Max Vargas Zaconeta, en la suma de $us183298,59 (fs. 383 a 384 vta.; 393; 399 a 400).
- ,
- I.1.1
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
- Fragmento 17
- III.2. Principio de subsidiaridad,
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.3. Carga probatoria reside en accionante o agraviado
- Fragmento 21
- sentencia anulada
- III.4.2. Sobre el extravío de la prueba testifical
- denegar
- APROBAR