SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0161/2012
Fecha: 14-May-2012
i)
Los demandados, Virginia Rocabado Ayaviri y Renán Jiménez Sempértegui, Vocales de la Sala Civil Primera y Segunda respectivamente, en su informe escrito cursante a fs. 41 y vta., señalaron que: i) Los fundamentos de la acción tutelar interpuesta los confunde con un recurso de casación. Por otra parte el Auto de Vista de 31 de octubre de 2008, está suficientemente motivado y fundamentado en derecho y en las pruebas documentales periciales y de inspección; por lo cual, los argumentos del accionante únicamente intentan distorsionar los hechos reales acaecidos en el proceso, confundiendo actos jurisdiccionales propios del tribunal de casación al pedir nulidad de obrados siendo que las acciones tutelares se circunscriben únicamente a la tutela de los derechos fundamentales; ii) De concurrir alguna forma de indefensión, se debió a la incuria de la empresa demandada que no supo hacer uso oportuno de sus derechos procesales; y iii) El Tribunal de garantías, no es un Tribunal de casación además que en el Auto de Vista pronunciado, se ha explicado con detalle el valor relativo a la prueba testifical frente a las pruebas documentales y periciales, solicitando por lo expuesto, se deniegue o declare “improcedente” el “recurso”.
- ,
- I.1.1
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados.
- Fragmento 17
- III.2. Principio de subsidiaridad,
- 1) las autoridades judiciales o administrativas no han tenido la posibilidad de pronunciarse sobre un asunto porque la parte no ha utilizado un medio de defensa ni ha planteado recurso alguno,
- III.3. Carga probatoria reside en accionante o agraviado
- Fragmento 21
- sentencia anulada
- III.4.2. Sobre el extravío de la prueba testifical
- denegar
- APROBAR