Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0210/2012
Fecha: 24-May-2012
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Celebrada la audiencia pública el 12 de marzo de 2012, concurrieron los accionantes asistidos por sus abogados; Jorge Alberto Vargas en representación del BNB S.A., tercero interesado; ausentes las autoridades codemandadas, los terceros interesados Erick de la Cruz Calderón Ortega y Teresa Ortega de Calderón, pese a su legal citación (fs. 176 y vta.) y el representante del Ministerio Público, según se tiene del acta cursante de fs. 224 a 232 de obrados, se produjeron los siguientes actuados:
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Fundamentos de hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.3. Petitorio
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. De la naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional y la aplicación del principio de inmediatez
- 2. Si es que se hubiese solicitado enmienda, aclaración o complementación de la resolución principal o auto de vista, que se constituye en el medio idóneo y que agota la vía, y no hubiesen sido consideradas, por extemporaneidad o el motivo que fuere; al no tener trascendencia ni efecto en la resolución principal, el plazo de los seis meses corre desde la notificación con la resolución principal o auto de vista, sin considerar la solicitud de aclaración, complementación o enmienda.
- III.2. Análisis del caso concreto
- APROBAR