SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2012
Fecha: 22-Jun-2012
Fragmento 21
Los accionantes alegan la vulneración de sus derechos al debido proceso, a la defensa, a la “seguridad jurídica” y a la propiedad, toda vez que dentro del proceso ejecutivo seguido en su contra y de Julieta Ugarte Palacios -emergente de la ejecución de una escritura pública de conciliación, reconocimiento de obligación con intereses y garantía hipotecaria suscrita dentro de un proceso penal por el supuesto delito de giro de cheque en descubierto- se cometieron una serie de irregularidades y se incumplieron normas procesales expresas como: a) Incumpliendo lo dispuesto en el art. 491 del CPC no se examinó el título base de la acción ejecutiva, especialmente respecto a Julieta Ugarte Palacios, debido a que ésta no suscribió la escritura pública base de la ejecución y si bien en dicho documento la obligación está garantizada con un bien inmueble de su propiedad, esa cláusula es inválida, porque fue otorgado por María Casta Ugarte de León sin tener poder expreso para hacerlo; b) Se anuló el Auto de concesión del recurso de apelación interpuesto contra la sentencia con el argumento de que el recurso había sido presentado fuera del término, declarando ejecutoriada la sentencia; y, c) El Juez ordenó el remate de los bienes dados en garantía y los habidos y por haber de las ejecutadas María Casta Ugarte de León y Julieta Ugarte Palacios.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- 1)
- i)
- deniegue
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- “…para que a horas 10:00 del segundo día hábil de la última citación legal comparezcan a la Sala de Audiencia de este Tribunal a objeto de prestar informe
- II.10.
- II.11.
- II.12
- Fragmento 21
- 1) El acto lesivo
- 2) Los derechos fundamentales o garantías constitucionales
- 3) La petición
- III.2. Los procesos de ejecución-proceso ejecutivo y acción coactiva civil- y la acción de amparo constitucional
- III.2.1. Primer supuesto de hecho: Cuando el amparo ingresa a la compulsa del acto lesivo en el proceso ejecutivo y acción coactiva civil debido a que en el proceso ordinario posterior no podrá ser analizada, revisada y corregida
- 1) Derecho a la defensa
- 2) Derecho a una resolución judicial motivada
- 3) Derecho a recurrir ante un juez o tribunal superior
- III.2.2. Segundo supuesto de hecho: Cuando el amparo no ingresa a la compulsa del acto lesivo en el proceso ejecutivo y acción coactiva civil
- 1) Excepción de falta de fuerza coactiva o ejecutiva
- la resolución que declaró improbada la excepción perentoria de prescripción liberatoria
- III.3.1. Primer supuesto de hecho: Cuando se ingresa a la compulsa del acto lesivo en el proceso ejecutivo y acción coactiva civil debido a que en el proceso ordinario posterior no podrá ser analizada, revisada y corregida
- b)
- III.3.2. Segundo supuesto de hecho: Cuando el amparo no ingresa a la compulsa del acto lesivo en el proceso ejecutivo y acción coactiva civil
- APROBAR