SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2012

Fecha: 22-Jun-2012

II.10.

II.10.  Contra el Auto de Admisión de la acción de amparo constitucional, el 19 de marzo de 2012 los accionantes interpusieron enmienda y complementación al tenor de lo dispuesto en el art. 196 del CPC, solicitando como medida cautelar se suspenda el remate del bien inmueble que no se halla hipotecado legalmente ante daño irremediable o irreparable (fs. 97 a 98), que fue resuelto por proveído de 20 del mismo mes y año, en sentido de que la Ley del Tribunal Constitucional Plurinacional no prevé el mecanismo procesal de enmienda y complementación para Autos de Admisión de las acciones de amparo constitucional y que los hechos que motivan la acción serán considerados a tiempo de emitir resolución (fs. 99).