SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0367/2012

Fecha: 22-Jun-2012

II.12

II.12.  Mediante Auto de 26 de marzo de 2012, el Tribunal de garantías, tuvo presente la aclaración del domicilio real rectificado (fs. 103), que fue cumplido el 27 de marzo de 2012 (fs. 105 y vta.) y por Auto de 29 del mismo mes y año, el Tribunal de garantías observando lo dispuesto en la “SC 0547/2010-R”, dispuso la citación del tercero interesado en el último domicilio procesal indicado para efectos del proceso ejecutivo que motivó la acción de amparo constitucional (fs. 106).