Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0509/2012
Fecha: 09-Jul-2012
II.1.
II.1. Por memorándum de 30 de marzo de 2009, se designó como Oficial Investigador del caso 029/2009, a Luis Antonio Pérez Loayza, haciéndole entrega de documentos atinentes a la investigación, mediante acta 054/09, quien presentó informe en conclusiones, determinando que Carlos Yoromir Loayza Ger y Víctor Hugo Guzmán Rueda, infringieron el Reglamento de Régimen Disciplinario de la ANAPOL (fs. 26 a 28 y 96 a 104).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió la tutela en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- imparcialidad
- III.3.El derecho a la defensa
- III.4.
- III.5. Con relación al nom bis in idem
- III.6. Sobre la seguridad jurídica
- III.7. Sobre el incidente de nulidad interpuesto por el actor
- III.8. Respecto a la valoración probatoria
- III.9. Sobre el derecho a la vida cuya protección invoca el accionante
- III.10.Análisis de caso concreto
- 2º Mantener los efectos