SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2012
Fecha: 23-Jul-2012
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
El abogado del accionante, acompañó una revista pretendiendo demostrar la personalidad de su defendido en su condición de profesional médico traumatólogo, alegando que al habérsele impuesto una sanción como a un “vulgar delincuente” se habría vulnerado su derecho a la dignidad. Agregó que, la sanción debió ser acorde a su “condición y prestigio profesional”, lo contrario significa que la Resolución carezca de coherencia y congruencia entre sus partes; además, en lugar de someterlo a una sanción privativa de libertad, debió aprovecharse sus habilidades profesionales. Por otra parte, adujo que el debido proceso, conforme al entendimiento de la antes nombrada SC 0896/2010-R, también sirve para impugnar las decisiones judiciales, cuando las autoridades no aplican en sus resoluciones los criterios de proporcionalidad, consonancia y congruencia, poniendo en entredicho la personalidad de su cliente, sin tomar en cuenta la previsión legal contenida en el art. 11 de la LCVFD.
- acción de amparo constitucional
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- I.2.3. Intervención de la tercera interesada
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.11.
- Fragmento 17
- III.1. De la subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- Fragmento 19
- derecho al juez natural
- competente, independiente e imparcial,
- pero, solamente en sus elementos imparcialidad e independencia
- Fragmento 23
- III.3. La procedencia de la acción de amparo constitucional contra resoluciones judiciales
- Fragmento 25
- debe adoptar la segunda postura, es decir la tesis permisiva, razón por la cual, se tiene que es plenamente viable activar el amparo constitucional contra decisiones judiciales, para que mediante este proceso constitucional, se verifique y en su caso resguarden derechos posiblemente afectados en la esfera jurisdiccional
- Fragmento 27
- Fragmento 28
- Fragmento 29
- Fragmento 30
- Fragmento 31
- III.4.2.
- III.4.3.
- igualdad
- Fragmento 35