SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0645/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0645/2012

Fecha: 23-Jul-2012

II.12.

II.12.Memorial de 3 de febrero de 2010, suscrito por Lucio Ayala Siripi, dirigido al Director Departamental de INRA-Pando, con la suma: “Dando Cumplimiento a la Resolución de Acción de Amparo Constitucional, impugno la resolución que dispuso el desalojo y todo el proceso administrativo, y Pido restitución de los bienes afectados” (sic) (fs. 5 a 7); el cual mereció el proveído de 18 de febrero, emitido por Julio Urapotina Aguararupa, Director Departamental a.i. del INRA-Pando, que dispone: “En mérito a la petición realizada por LUCIO AYALA SIRIPI, presentado en fecha 11 del mes en curso, estese a la Resolución Administrativa Nº 0005/2009, emitida el 15 de septiembre del 2009, que al presente tiene la calidad de ejecutoriada, en cuyo mérito no corresponde referirse al fondo de la antedicha Resolución” (sic) (fs. 8).