Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0698/2012
Fecha: 13-Ago-2012
2)
2) La autoridad apelada sostiene que el peligro de obstaculización no se habría desvirtuado al no haberse entregado la documentación requerida, ya que debió demostrarse que el accionante se hubiera sometido a la investigación con el descargo de haber presentado a la Contraloría la documentación correspondiente o a la Fiscalía la documentación de la Alcaldía.
- acción de libertad
- a)
- 1)
- I.1.1.2. Respecto a los Vocales demandados
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3.Petitorio
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad: finalidad y alcances
- el debido proceso, en lo que se refiere al procesamiento indebido
- III.2. Marco de análisis del Tribunal de alzada que resuelve la apelación incidental
- III.3. Análisis del caso denunciado
- i)
- 2)
- III.3.3. Resolución dictada por el Tribunal de apelación
- b)
- 1º REVOCAR en parte
- 2º Disponer