Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0920/2012
Fecha: 22-Ago-2012
acción de amparo constitucional
En revisión la Resolución de 13 de agosto de 2010, cursante de fs. 243 a 246 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Valentín García Vidal en representación de Luciana Claros contra Juan Carlos Orozco Alfaro, Juez Séptimo de Instrucción en lo Civil del Distrito Judicial -ahora departamento- de Cochabamba.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- son los hechos y la actitud de la persona supuestamente agraviada la que en definitiva conducen a determinar si hubo acto consentido o no,
- dado que el consentimiento expreso importa un acto positivo, concreto, libre e inequívoco, vinculado de manera directa a la actuación ilegal impugnada;
- III.3.
- el cual
- APROBAR