Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0920/2012
Fecha: 22-Ago-2012
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda el “recurso” de amparo constitucional, con costas, daños y perjuicios, expresando la nulidad de todo lo obrado en el proceso ejecutivo seguido por Jesús Romelio Torrico Pedrazas contra Félix Tapia García, y se declaren nulas e ilegales las actas de desapoderamiento de 1 de octubre de 2009, Auto de 26 de octubre del indicado año y el Auto Interlocutorio de 31 de diciembre del referido año, asimismo se restituya y restablezca el derecho propietario de su mandante con la entrega del inmueble desapoderado.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la demanda
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- “improcedente”
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 16
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- son los hechos y la actitud de la persona supuestamente agraviada la que en definitiva conducen a determinar si hubo acto consentido o no,
- dado que el consentimiento expreso importa un acto positivo, concreto, libre e inequívoco, vinculado de manera directa a la actuación ilegal impugnada;
- III.3.
- el cual
- APROBAR