SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0938/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0938/2012

Fecha: 22-Ago-2012

Fragmento 5

Juan Lanchipa Ponce, ex Vocal de la Sala Social y Administrativa Primera ahora codemandado, por memorial cursante a fs. 833 y vta. presentó informe escrito sosteniendo: 1) Carece de legitimación pasiva para ser demandado en la presente acción tutelar, pues desde febrero de 2010, ha dejado de ser Vocal de la sala “recurrida” cumpliendo funciones actualmente en otra jurisdicción, en tal virtud el accionante debió dirigir su demanda contra las actuales autoridades que ocupan el cargo de vocales de dicha sala; y, 2) El Tribunal Constitucional a través de la SC 264/2204-R y SC 112/2010-R, ha expresado que, cuando el funcionario ya no ocupa el cargo en el que se encontraba cuando ocasionó lesión al derecho o garantía, la demanda debe ser dirigida contra la autoridad que a momento de interponerse la demanda ocupa el cargo, por lo que solicita se deniegue el recurso respecto de su persona.