Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0938/2012
Fecha: 22-Ago-2012
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, en consecuencia se deje sin efecto el Auto de Vista 150/2009 de 10 de diciembre, así como la resolución 60/2009 de 21 de julio, pronunciados por las autoridades demandadas, en igual forma se deje sin efecto los decretos de 24 de marzo y 26 de mayo de 2010, que ordenan la retención y remisión de fondos de la institución edil, finalmente se reponga obrados hasta fs. 469 ordenando se realice una nueva liquidación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1.Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- Fragmento 5
- i)
- 1)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.Ausencia de legitimación pasiva en los servidores de apoyo judicial y personal subalterno
- Fragmento 16
- III.3.El alcance de la legitimación pasiva, respecto de la autoridad que supuestamente ocasionó el agravio, no obstante de ya no encontrarse en el cargo a tiempo de interponerse la acción, con relación a la autoridad que actualmente ocupa el cargo
- Sala Social Administrativa Primera
- III.4.Efecto de la admisión del amparo constitucional, pese al incumplimiento de requisitos exigidos por ley
- a) De la Secretaria.
- APROBAR