Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1061/2012
Fecha: 05-Sep-2012
II.3.
II.3. El 5 de diciembre de 2007, Miltón Iván Montellano Roldán, Fiscal de Recursos, informa a los Ministros de la Corte Suprema de Justicia, sobre el inicio de la investigación, por incumplimiento de deberes y negativa o retardo de justicia contra Ángel Oscar Villarroel Díaz. El 12 de febrero de 2008, Mario Uribe Melendres, Fiscal General del Estado, ratificó el inicio de la investigación por los delitos mencionados (fs. 11 a 16).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- I.2.4. Intervención de los terceros interesados
- deniega
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.3.
- II.4..
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Fuero constitucional
- III.3.
- 1)
- no solamente en la tercera fase del proceso penal,
- 2)
- “Formula Denuncia”
- 3)
- 4)
- APROBAR