SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1131/2012
Fecha: 06-Sep-2012
a)
La abogada del accionante ratificó lo expuesto en la demanda de la acción de libertad; asimismo, agregó que: a) El -certificado de nacimiento- extendido por la Corte Departamental Electoral de Santa Cruz y un extracto de planilla del certificado de nacimiento emitido por la “notaria de registro civil” número 12/12 del mismo Departamento, certifican que el padre de la menor AA es desconocido, aspecto que demuestra que Yanet Grabiela Méndes Ramos fraguó un documento para hacerse pasar por víctima y concubina del fallecido, logrando plantear un recurso en forma extemporánea; y, b) La Sala referida debió pronunciarse primero en la forma del recurso y no directamente sobre el fondo, declarando inadmisible y devolver el “obrado al juez jurisdiccional”.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- concedió en parte
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- III.2. Sobre el debido proceso en la acción de libertad
- la protección otorgada por la acción de libertad cuando se refiere al debido proceso, no abarca a todas las formas que puede ser vulnerado, sino, queda reservada para aquellos entornos que conciernen directamente al derecho a la libertad física y de locomoción
- III.3. Análisis del caso concreto
- III.4. Sobre la determinación del Tribunal de garantías
- III.5. Otras consideraciones
- APROBAR