SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1212/2012
Fecha: 06-Sep-2012
a)
El abogado del accionante, ratificó el tenor íntegro de la demanda y la amplió en los siguientes términos: a) Se vulneró la inamovilidad laboral, tomando en cuenta que el accionante ha tenido tres contratos a plazo fijo con la empresa y fue suspendido sin tomar en cuenta que iba a ser padre, siendo lesionado su derecho al trabajo; b) Respecto a la relación laboral, a partir del segundo contrato a plazo fijo el tercero debía ser indefinido, tomándose en cuenta los Decretos Supremos (DDSS) 012 de 19 de febrero de 2009 y 0496 de 1 de mayo de 2010; c) Debe concederse la tutela; toda vez que, el hijo del accionante tiene dos meses de edad desde el momento de la desvinculación laboral, habiéndose suspendido el subsidio; y, d) Solicitó se califiquen daños civiles por los gastos realizados.
- acción de amparo constitucional,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 15
- III.1. De la naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. De la subsidiariedad del amparo constitucional
- Asimismo el derecho al trabajo protege a la madre embarazada como al progenitor y otros derechos, que son primarios y tienen directa relación, como ser a la alimentación, a la salud, a la seguridad social y a la vida, no solo de la madre sino del menor en gestación o recién nacido, y así como del padre (progenitor) (art. 48.VI de la CPE).
- III.4. Inamovilidad laboral de la mujer embarazada (madre) y progenitor (padre) protección en el marco de la Constitución Política del Estado
- III.5. En cuanto al derecho al trabajo
- III.5.1. El derecho al trabajo para vivir bien
- III.6. Principio de la seguridad jurídica
- Fragmento 23
- III.7.Análisis del caso concreto