Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1221/2012
Fecha: 06-Sep-2012
II.3.
II.3. El 3 de abril de 2012 el Fiscal de Materia, Álvaro. Pemintel Zarate, amparado en los arts. 301.1 y 302 del CPP, imputó formalmente a Jercko Tulio Tapia Justiniano, por la presunta comisión del delito de incumplimiento de deberes, previsto y sancionado por el art. 154 del CPP. Asimismo, solicitó se le imponga detención preventiva (fs. 20 a 22 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Fragmento 3
- 1)
- I.2.3. Intervención de los terceros interesados
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El juez de instrucción en lo penal como encargado del control jurisdiccional y la forma en la que debe dictar sus resoluciones
- deberán advertir si éstas son recurribles, por quiénes y en qué plazo
- III.2. La extinción de la acción penal en la etapa preparatoria conforme la jurisprudencia y el art. 134 del CPP
- i)
- a)
- REVOCAR