Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1302/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.11.
II.11. Por Auto de 20 de enero de 2012, el Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, declaró ilegal el recurso de compulsa, argumentando que, las cuestiones alegadas por el compulsante, referidas a la ilegalidad de las actuaciones arbitrales, no corresponden pronunciamiento alguno, pues lo contrario significaría ingresar al ámbito del auxilio judicial (fs. 1291 a 1292 vta.).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- 3)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Respecto a la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- efectivamente tales aspectos fueron analizados y compulsados por el Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, autoridad que mediante la Resolución de 20 enero de 2012, declaró ilegal la compulsa.
- APROBAR