Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1302/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.8.
II.8. El Tribunal Arbitral, mediante Auto 15 de 18 de noviembre de 2011, dispuso rechazar el memorial de apersonamiento presentado por Marcela Carina Escalante de Baker en representación de “Tatco Bolivia” Ltda., anular el decreto de aceptación de la personería y excluir a la prenombrada de la diligencia de notificación con el Laudo Arbitral; asimismo, rechazó los memoriales de solicitud de complementación y aclaración, ofrecimiento de garantía prendaria, memorial de solicitud de copias simples, todos presentados por Marcela Carina Escalante de Baker; y, el Auto 14 de 7 de octubre de 2011 (fs. 1243 a 1245).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- 3)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Respecto a la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- efectivamente tales aspectos fueron analizados y compulsados por el Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, autoridad que mediante la Resolución de 20 enero de 2012, declaró ilegal la compulsa.
- APROBAR