Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1302/2012
Fecha: 19-Sep-2012
II.9.
II.9. Mediante la Resolución 16 de 18 de noviembre de 2011, se declaró ejecutoriado el Laudo Arbitral y se dispuso rechazar el recurso de anulabilidad interpuesto por Marcela Carina Escalante de Baker en representación de “Tatco Bolivia” Ltda., argumentando que, el mandato de representación no fue inscrito en FUNDEMPRESA. (fs. 1245 a 1246).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- 1)
- 3)
- denegó
- II.1.
- II.4.
- II.6.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Respecto a la legitimación pasiva en la acción de amparo constitucional
- III.3. Análisis del caso concreto
- efectivamente tales aspectos fueron analizados y compulsados por el Juez Noveno de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de Santa Cruz, autoridad que mediante la Resolución de 20 enero de 2012, declaró ilegal la compulsa.
- APROBAR