Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1420/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.1.
II.1. Cursa en antecedentes el Testimonio 141 de 26 de marzo de 2008, de protocolización de documentos relativos al contrato para la provisión e instalación de maquinaria necesaria para una planta de fabricación de papel de escritura e impresión prensa (periódico) y papel Kraft a partir del uso de materias primas como el papel usado y/o celulosa, suscrito entre PAPELBOL y la empresa “D' ANDREA AGRIMPORT IMPORTAÇAO E COMERCIO LTDA.” (fs. 5 a 34), asimismo contratos modificatorios de 25 de marzo de 2009 (fs. 35 a 39 vta.) y de 21 de enero de 2010 (fs. 40 a 47).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- por otra a su nombre con poder suficiente
- a su nombre con poder suficiente
- Consecuentemente, todo poder notariado conferido por personas jurídicas de carácter comercial para tener valor y efectos legales necesariamente debe estar inscrito en el Registro de Comercio y su inscripción debe acreditarse mediante documentación original, instrumento debidamente legalizado y/o certificación emitida por los agentes autorizados del Registro de Comercio conforme disponen los arts. 1297, 1309 y 1310 del CC
- III.2.1. Respecto a la recusación planteada
- III.2.2. Con relación al caso concreto
- CONFIRMAR