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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1452/2012
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1452/2012

    Fecha: 24-Sep-2012

    II.3.

    II.3. Cursa remisión de informe 19/2012 de 21 de, marzo de auditoría médica externa del paciente, Mario Urquidi Urquidi, por parte del Jefe Departamental Técnico de Salud y del Director General Ejecutivo, a Rolando Camacho Peña, Gerente General, con fecha de recepción de 30 de marzo de 2012, y sello de comunicación interna dirigida a la Autoridad sumariante, de 14 de mayo de 2012 ( fs.78 a 84).

    • acción de amparo constitucional
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.2.1. Ratificación de la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegando
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • II.6
    • II.7.
    • II.8
    • II.9.
    • II.10.
    • II.11.
    • II.12.
    • II.13.
    • .
    • III.1. La acción de amparo constitucional, su naturaleza jurídica y el principio de subsidiariedad
    • La acción de Amparo Constitucional se interpondrá (…) siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados
    • instrumento subsidiario y supletorio
    • 2) Las autoridades judiciales o administrativas pudieron haber tenido o tienen la posibilidad de pronunciarse, porque la parte utilizó recursos y medios de defensa, así
    • En este entendido
    • III.3. Análisis del caso concreto
    • Fragmento 28
    • denegar
    • APROBAR

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