SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1595/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1595/2012

Fecha: 24-Sep-2012

I.2.2.1. Ratificación de la acción

Con el derecho a la réplica el abogado de los accionantes refirió que si bien el art. 228 del Código de Educación Boliviana (CEB), habría sido abrogado por las disposiciones transitorias de la Ley de Reforma Educativa en sus arts. 7 y 10 establecían la posibilidad de acogerse a esa nueva reglamentación; en cuanto a la subsidiariedad la jurisprudencia señala que el art. 42 del Reglamento de Procedimiento Administrativo, establece que debe tramitarse como recurso de revocatoria, con lo que se habría agotado la vía administrativa.