SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1599/2012
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1599/2012

Fecha: 24-Sep-2012

c. Operativo,

En función a la determinación e individualización precisa del tipo y clase de servidores públicos, el art. 12 Inc. E)  del Decreto Supremo  (DS) 25749 de 24 de abril de 2000, distingue según la denominación del cargo o del puesto, a los servidores públicos denominados, funcionarios interinos, señalando que: “son personas individuales contratadas por un periodo no mayor a 90 dias para cubir puestos de la estructura institucional o para resolver alguna necesidad emergente con duración definida, siempre y cuando esas funciones no puedan ser realizadas por los servidores regulares de la institución conforme al Estatuto y disposiciones reglamentarias. En ningún caso, los funcionarios interinos podrán constituirse de manera automática en funcionarios de carrera”.