Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1599/2012
Fecha: 24-Sep-2012
II.1.
II.1. Cursa el memorándum PERS 122/10 de 7 de mayo de 2010, de designación del representado del accionante, en el cargo de Jefe de la Unidad de Asuntos Jurídicos del CEASS, “en forma interina”, por el tiempo de ochenta y nueve días, emitido por el Director General Ejecutivo a.i., de ese entonces, Miguel Castañarez Llanos (fs. 6).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- concedió
- Fragmento 5
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. La condición de funcionario interino del representado por el accionante
- c. Operativo,
- Fragmento 19
- III.4.Sobre la estabilidad laboral de los de los progenitores del concebido o niños menores de un año
- III.5. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR