SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2013
Fecha: 14-Ene-2013
II.2.
II.2. A fs. 103, cursa oficio EMA GFO 099-2012 de 11 de junio, suscrito por el Gerente de Fiscalizaciones y Operaciones a.i. de EMACRUZ, Jorge Antonio Vaca, quien instruyó al representante legal de la Empresa SUMA S.R.L., el cumplimiento de contrato 010-A/2003, respecto a lo establecido en los términos de referencia, manifestando que en el periodo de duración del contrato tiene la obligación de manejar y almacenar una cantidad total de aproximadamente 3.8 millones de toneladas de residuos sólidos, hecho que la Supervisión Técnica de EMACRUZ ha evidenciado que no se hubiera cumplido, por lo cual le instruye proseguir con las obras pertinentes para realizar el entierro sanitario de los residuos sólidos en las cantidades establecidas contractualmente, a ejecutarse en el plazo de cuarenta y ocho horas de su notificación.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2 Admisión y citaciones
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 18
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad y sus alcances
- III.2.
- 16 de octubre.
- III.4. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE