Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0079/2013
Fecha: 14-Ene-2013
II.6.
II.6. De fs. 85 a 86, cursa carta notaria OF. EMA. GERENCIA GENERAL 297/2012 de 29 de junio, en la cual se comunica a la Empresa SUMA S.R.L. la resolución del contrato 010-A/2003, bajo el argumento de de que la respuesta proporcionada en el oficio de 27 de junio de 2012, no contiene elementos que permitan otorgar conformidad por parte de la Supervisión y al no existir planteamiento para cumplir con las obligaciones contractuales, la resolución del contrato se hará efectiva el 31 de julio de 2012.
- recurso directo de nulidad
- I.1.1. Hechos que motivan el recurso
- Fragmento 3
- I.2 Admisión y citaciones
- a)
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 18
- III.1. Naturaleza jurídica del recurso directo de nulidad y sus alcances
- III.2.
- 16 de octubre.
- III.4. Análisis del caso concreto
- IMPROCEDENTE