SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1162/2013-L
Fecha: 02-Oct-2013
denegó
La Sala Social y Administrativa de la Corte Superior del Distrito Judicial -ahora Tribunal Departamental de Justicia- de Santa Cruz, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución 028 de 29 de febrero de 2012, cursante de fs. 495 a 496 vta., denegó la tutela, en base a los siguientes fundamentos: a) Es importante diferenciar el ámbito de la jurisdicción ordinaria y la constitucional; b) Existen reglas y subreglas sobre las cuales se puede ingresar a valorar pruebas; toda vez que, la jurisprudencia constitucional a partir del saneamiento procesal, ya que no correspondería a este Tribunal, ingresar a valorar si hubo extemporaneidad en el recurso de revocatoria; c) La “SC 0343/2010-R”, estableció restricciones a los Tribunales de garantías frente a ciertas situaciones que son de competencia absoluta y privativa de la jurisdicción ordinaria; es decir, la facultad de valoración de la prueba aportada corresponde privativamente a los órganos jurisdiccionales ordinarios por lo que, el Tribunal Constitucional Plurinacional no puede pronunciarse; d) El art. 96 de la Ley del Tribunal Constitucional (LTC), hace referencia a que la acción de amparo constitucional no procederá contra actos consentidos libre y expresamente; y, e) En este caso, existe un documento privado de compromiso; en el que se puede evidenciar un acto con un consentimiento expreso.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de amparo constitucional y su naturaleza jurídica
- III.2. Del debido proceso y su aplicación al ámbito administrativo
- III.3. En cuanto al procedimiento y los recursos administrativos
- III.4. Análisis del caso concreto
- dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a su notificación
- REVOCAR