SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1162/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1162/2013-L

Fecha: 02-Oct-2013

II.10.

II.10.         Por memorial de 29 de julio de 2011, cuya suma expresa “SOLICITA CUMPLIMIENTO DE PLAZOS PROCESALES Y QUE SE NOS PONGA EN CONOCIMIENTO DE LAS ACTUACIONES QUE SE ESTAN DANDO DENTRO DEL PRESENTE RECURSO (RESOLUCION D.T.T. 06/2011)” (sic), el representante de la Cooperativa accionante, solicitó al Director de Tráfico y Transporte del Gobierno Autónomo Municipal de Santa Cruz de la Sierra, “…manifestarse en forma inmediata, si los supuestos afectados han subsanado las observaciones o no, y si acaso se han presentado si éstos cumplen con los requisitos exigidos por el Art. 43 de la Ley 2341 y artículos 67 del Decreto Supremo N° 27113, de no haberse presentado ninguna persona o habiéndose presentado no cumplan con los requisitos exigidos por Ley, (…) se dicte la desestimación del recurso…” (sic) (fs.87 y vta.).