Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1163/2013-L
Fecha: 02-Oct-2013
II.1.
II.1. Auto de 24 de noviembre de 2009, pronunciado por Mirael Salguero Palma, Juez Segundo de Sentencia Penal de Santa Cruz, dentro del proceso penal que siguió Irma Esperanza Altamirano Vda. de Telchi contra María Beatriz Telchi Asbún -ahora accionante-, por el delito de apropiación indebida; que resolvió la excepción de incompetencia en razón de materia interpuesta por esta última, declarándola improbada, en base a los fundamentos consignados en el mismo (fs. 396 a 397).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el principio de legalidad “de las formas procesales”
- III.3.
- III.4. De la obligación de fundamentar y motivar las resoluciones judiciales
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- III.5.1. Respecto al Juez Segundo de Sentencia Penal, quien dictó el Auto de Vista de 10 de noviembre de 2010
- CONFIRMAR