Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1163/2013-L
Fecha: 02-Oct-2013
III.5. Análisis del caso concreto
Como se había señalado anteriormente, la problemática que presenta la accionante está dirigida a impugnar Resoluciones dictadas por el Juez de instancia del proceso penal y del Tribunal de apelación, por lo que se debe resolver por separado cada situación; adicionalmente, debemos considerar cuáles son los derechos invocados como vulnerados y en ese entendido, recordando que las alegaciones de vulneración al principio de legalidad “de las formas procesales”, no ingresan en el presente análisis, conforme lo señalado en el Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo, queda por verificar únicamente la probable vulneración del derecho al debido proceso en su elemento de motivación.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- 1)
- i)
- denegó
- I.3. Trámite en el Tribunal Constitucional Plurinacional
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre el principio de legalidad “de las formas procesales”
- III.3.
- III.4. De la obligación de fundamentar y motivar las resoluciones judiciales
- III.5. Análisis del caso concreto
- Fragmento 18
- III.5.1. Respecto al Juez Segundo de Sentencia Penal, quien dictó el Auto de Vista de 10 de noviembre de 2010
- CONFIRMAR