SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1651/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1651/2013

Fecha: 04-Oct-2013

1)

Sylvia Ergueta Ayoroa, Jueza de Partido Mixta, Liquidadora y de Sentencia Penal de Cliza, provincia Jordán del departamento de Cochabamba, en el informe escrito cursante a fs. 56 y vta., señaló: 1) Conoció en apelación la providencia de 24 de enero de 2013 y Auto de 15 de febrero del mismo año, emitidos por la Jueza Primera de Instrucción Mixta, Liquidadora y cautelar de Cliza, en ejecución de sentencia, dentro de un interdicto de recobrar la posesión, por lo que mediante Auto de Vista de 4 de marzo de 2013, confirmó dicha providencia, al no haberse dado cumplimiento al art. 227 del CPC; es decir, por carecer de fundamentación legal con respecto a la fianza de resultas; y a través del fallo de 27 de marzo del referido año, ha sido confirmado el Auto de 15 de febrero del citado año; 2) La Sentencia 07/2012, debe ejecutarse como fue dictada y ejecutoriada, sin que sea necesaria la fianza de resultas, por imperio del art. 514 del CPC; y, 3) En la presente acción no se indica con precisión las garantías y derechos vulnerados con las Resoluciones de 4 y 27 de marzo de 2013, o las omisiones ilegales o indebidas, tampoco refiere con precisión la tutela que solicita.