SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1247/2013-L
Fecha: 19-Nov-2013
III.4.2.
III.4.2. Conforme al entendimiento expuesto en la SCP 1202/2012 de 6 de septiembre, expuesto en el Fundamento Jurídico III.5 de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional, la seguridad jurídica es un principio rector previsto en la Constitución Política del Estado que sustenta la potestad de impartir justicia cual principio general del ordenamiento jurídico, por cuanto no se configura como un derecho fundamental que pueda ser tutelado mediante la acción de amparo constitucional que está destinada a la protección de derechos fundamentales y no de principios constitucionales, conforme ha sido dispuesto en el entendimiento jurisprudencial expuesto en el Fundamento Jurídico III.2 del presente fallo.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- c)
- 1)
- I.2.1. Rechazo de la acción de amparo Constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- i)
- I.3.2. Informe de las autoridades demandadas
- I.3.4. Intervención de terceros interesados
- denegó
- 4)
- I.4. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de
- III.2. Subsidiariedad de la acción de amparo constitucional
- III.3. Del principio de seguridad jurídica
- III.4. Análisis del caso concreto
- III.4.1.
- III.4.2.
- CONFIRMAR