SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2145/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2145/2013

Fecha: 21-Nov-2013

III.3. Análisis del caso concreto

La accionante presenta esta acción alegando la vulneración de sus derechos a la “tutela administrativa”, a la petición, al debido proceso, y el principio de la seguridad jurídica, por cuanto, por una parte, el Gobernador del Departamento Autónomo de Chuquisaca, emitió la RA Gubernamental CH/020, en la cual omitió resolver el objeto del recurso jerárquico que era la nota Cite DIR/SEDES 095/2012 de 19 de marzo y, por otra, la Directora Técnica del SEDES, omitió responder mediante una Resolución Administrativa fundada y motivada que resuelva el recurso de revocatoria.

De acuerdo a los antecedentes cursantes en obrados, se evidencia la accionante presentó una anterior acción de amparo constitucional el 22 de agosto de 2012 también contra Esteban Urquizu Cuéllar, Gobernador del Departamento Autónomo de Chuquisaca y Gilka Mayda Guerrero Coppa, Directora Técnica del SEDES del mismo departamento, con los siguientes argumentos: