SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2203/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2203/2013

Fecha: 16-Dic-2013

II.8.

II.8. A solicitud de la parte querellante, por decreto de 12 de junio de 2013, el Juez de la causa, señaló audiencia de consideración de medidas cautelares para el 20 del citado mes y año (fs. 530); mediante memorial presentado el 19 del mes y año antes referido, Abel Montaño abogado de los imputados ahora accionantes, solicita la suspensión de la audiencia de medidas cautelares, siendo que tiene en el día programado, otra audiencia en el caso llamado “terrorismo”, también hace notar que sus patrocinados se encuentran en el extranjero (fs. 533) por Auto de 20 de junio de 2013, el Juez cautelar declara rebelde a los imputados disponiendo se libre los mandamientos de aprehensión, el arraigo entre otras medidas (fs. 545 vta. a 546 vta.).