Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2013
Fecha: 19-Feb-2013
II.2.
II.2. Cursa el escrito de 10 de septiembre de 2012, por el cual, el prenombrado denunciado solicitó la suspensión de su declaración informativa señalado para ese mismo día, arguyendo que el bien mayor protegido es la vida y la salud, pidiendo acompañar posteriormente su certificado médico (fs. 5 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 15
- III.2.Alcances de la acción de libertad y la labor del juez de instrucción en lo penal
- III.3.La citación formal para la audiencia de declaración informativa y la aprehensión ante su desobediencia
- III.4.1. Con relación al accionar del representante del Ministerio Público
- III.4.2.Respecto al accionar de la autoridad judicial demandada
- III.4.3.De la remisión de las resoluciones del Juez o Tribunal de garantías al Tribunal Constitucional Plurinacional
- 2º Llamar