Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0154/2013
Fecha: 19-Feb-2013
III.4.2.Respecto al accionar de la autoridad judicial demandada
En el caso en examen, una vez emitido el mandamiento de aprehensión, el accionante acudió a la autoridad judicial, denunciando el presunto acto irregular perpetrado por la autoridad fiscal; sin embargo, el mismo no fue debidamente acreditado con suficiente prueba, no obstante de tener la obligación de demostrar los actos lesivos a sus derechos fundamentales, tal aspecto se advierte en el decreto de 24 de septiembre de 2012, por el cual, la autoridad judicial ordenó al representante del Ministerio Público informar sobre los hechos denunciados, asumiendo con ello, control jurisdiccional sobre la investigación.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- i)
- denegó
- II.2.
- II.3.
- II.6.
- II.7.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- Fragmento 15
- III.2.Alcances de la acción de libertad y la labor del juez de instrucción en lo penal
- III.3.La citación formal para la audiencia de declaración informativa y la aprehensión ante su desobediencia
- III.4.1. Con relación al accionar del representante del Ministerio Público
- III.4.2.Respecto al accionar de la autoridad judicial demandada
- III.4.3.De la remisión de las resoluciones del Juez o Tribunal de garantías al Tribunal Constitucional Plurinacional
- 2º Llamar