SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0027/2013-L

Fecha: 06-Mar-2013

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO

Los accionantes denuncian la vulneración de su derecho al debido proceso, en su elemento a la fundamentación, a un juez natural e imparcial y a la valoración de la prueba, porque en el juicio oral, en la etapa de excepciones e incidentes, plantearon falta de competencia, falta de acción y derecho, excepción de litispendencia, cosa juzgada, el incidente de persecución penal única, indivisibilidad de juzgamiento e incidente de defectos absolutos, habiendo sido declarada probada la excepción de falta de acción y derecho porque no fue legalmente promovida y el resto fueron rechazados. A cuya consecuencia, interpusieron recurso de apelación incidental y el Tribunal ad quem, sin fundamentación, confirmó el rechazo de la excepción de incompetencia, sin tomar en cuenta que a Riovana Yampa Ríos se le imputó la comisión del delito de ganancias ilícitas desde el año 2001, cuando ella sólo tenía quince años, debiendo haber sido imputada por infracciones y no delitos, siendo para ello competente el Juzgado de la Niñez y Adolescencia. Asimismo, refirieron la vulneración de su derecho a la defensa porque las autoridades demandadas omitieron pronunciarse con respecto al incidente de persecución penal única, planteada por Freddy Francisco Yampa Villca y Jhonny Yampa Ríos.