SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2013-L

Fecha: 06-Mar-2013

II.8.

II.8.    El 10 de febrero de 2011, (al cabo de las cuarenta y ocho horas de haber sido citado el demandado) la Sala Penal Segunda se reúne a objeto de celebrar la audiencia de acción de amparo constitucional y, previo informe de la secretaria que acreditó que las partes fueron debidamente “notificadas” y que se encuentran presentes en Sala, dispone la Suspensión de la Audiencia, al no haber quórum por parte de los Vocales de Sala, resolviendo a su vez lo siguiente: “…Debiendo notificar a la partes, a efectos de la consideración y resolución del presente recurso al cabo de las 48 horas de la última notificación” (sic) (las negrillas son nuestras) (sic.) (fs. 22).