SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2013-L

Fecha: 06-Mar-2013

la Ley 975 de 2 de marzo de 1988 en su art. 1 reconoce la inamovilidad en su puesto de trabajo en instituciones públicas o privadas de la mujer en periodo de gestación hasta un año del nacimiento del hijo

Por su parte la Ley 975 de 2 de marzo de 1988 en su art. 1 reconoce la inamovilidad en su puesto de trabajo en instituciones públicas o privadas de la mujer en periodo de gestación hasta un año del nacimiento del hijo, a su vez en su art. 2 sostiene que: 'la mujer en gestación en el puesto de trabajo que implique esfuerzo que afecten su salud, merecerá un tratamiento especial, que le permita desarrollar sus actividades en condiciones adecuadas, sin afectar su nivel salarial ni su condición en su puesto de trabajo'. Entonces, no solo la Constitución Política del Estado es la que protege a la mujer embarazada y al ser en gestación, sino también la Ley mencionada.

En cuanto a la protección al ser en gestación, debemos partir primero, hablando de los derechos fundamentales; al respecto la Constitución Política del Estado en el art. 15.I establece: 'que toda persona tiene derecho a la vida', a su vez en su art. 16.I establece 'que toda persona tiene derecho a la alimentación'.