SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0037/2013-L

Fecha: 06-Mar-2013

que no admiten incidentes dilatorios de naturaleza alguna…

Asimismo, la SC 1479/2005-R de 22 de noviembre, sobre la finalidad de las acciones de defensa establece: “Que, a ese efecto debe tomarse en cuenta que los recursos de amparo Constitucional y Hábeas Corpus, como acciones tutelares cuya finalidad es la protección inmediata, eficaz e idónea de los derechos fundamentales o garantías constitucionales lesionados de manera ilegal e indebida, tienen una tramitación sumarísima y especial que que no admiten incidentes dilatorios de naturaleza alguna…(Las negrillas son nuestras).