Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2013-L
Fecha: 20-Mar-2013
II.1.
II.1. Mediante Resolución de 27 de junio de 2006, la accionante fue declarada heredera forzosa ab intestato de todos los bienes, derechos y acciones del patrimonio de su causante Ricardo Antelo Chávez. Asimismo, por Resolución de 14 de octubre de 2006, se mantuvo en posesión en parte de la propiedad rústica “Grigota” a Teresa Antelo Ardaya de Rivero, representada por Edward Roy Molina Vaca y al mismo tiempo se dispuso mantener en posesión en parte de la citada propiedad a Alicia Mirtha Caballero vda. de Medina representada por José Edgardo Hillman Carvalho (fs. 13 y vta., 211 a 212).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 7
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR