SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0109/2013-L
Fecha: 20-Mar-2013
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante denunció la vulneración de sus derechos a la propiedad privada y a la posesión, al domicilio, al debido proceso, al trabajo y al principio de seguridad jurídica, por cuanto Miguel Ángel Álvarez Raldes, Fiscal de Materia, ahora demandado, el 2 de diciembre de 2010, ejecutó, junto con los funcionarios de la Policía Boliviana, que ahora también son codemandados, el desapoderamiento de los fundos “Cascajo” y “Castellón” de su propiedad, realizando destrozos en las viviendas, quemando y asaltando sus pertenencias, desalojando todo su ganado; basándose en fotocopias legalizadas del mandamiento de desapoderamiento emitido el 14 de febrero de 2008, el cual había sido dispuesto con relación al fundo “Grigota” y que ya había sido ejecutado el 1 de agosto de 2008.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- i)
- Fragmento 7
- I.2.3. Intervención del Ministerio Público
- denegó
- I.3. Consideraciones de Sala
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.7.
- II.8
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1.Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2.
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR