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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2013
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0312/2013

    Fecha: 18-Mar-2013

    2º

    2º  CONCEDER en parte la tutela solicitada, respecto únicamente a la Jueza demandada, en cuanto a la demora en la remisión de actuados ante el Tribunal de alzada; exhortándole que en lo futuro dé cumplimiento estricto a los plazos procesales establecidos en las normas procesales penales y jurisprudencia constitucional; con imposición de daños y perjuicios averiguables en ejecución de sentencia; y

    • acción de libertad,
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • concedió
    • II.1.
    • III. FUNDAMENTOS JURIDÍCOS DEL FALLO
    • III.1. Principio de celeridad en la tramitación de solicitudes vinculadas al derecho a la libertad
    • III.2.Trámite procesal de la apelación incidental de una medida cautelar
    • III.3. El debido proceso, la defensa y los actos comunicacionales en medidas cautelares
    • III.4. Recaudos de ley y el principio de gratuidad en la administración de justicia
    • III.5. Legitimación pasiva de personal subalterno del órgano jurisdiccional
    • III.6.
    • III.7. Análisis del caso concreto
    • III.7.1.      En cuanto a las actuaciones de la Jueza cautelar
    • III.7.2.      En cuanto a las actuaciones de la Secretaría demandada
    • III.7.3.      En cuanto a las denuncias sobre las actuaciones de la funcionaria pasante o supernumeraria
    • III.7.4. Consideración final
    • 2º

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