SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0325/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0325/2013

Fecha: 18-Mar-2013

primer agravio

Como primer agravio consideran la falta de fundamentación y motivación en la Resolución de 27 de agosto de 2012, por cuanto en todo fallo  judicial dictado por los administradores de justicia, deben llevar una debida fundamentación, expresando los motivos de hecho y derecho y el valor otorgado a cada uno de los medios probatorios, los cuales no pueden ser remplazados  por una simple relación de documentos o la mención de los argumentos de las partes, de tal manera que su fallo sea resuelto de un análisis exhaustivo y reflexivo de los datos del proceso para no lesionar derechos de las partes.