SENTENCIA CONSTUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2013
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTUCIONAL PLURINACIONAL 0318/2013

Fecha: 18-Mar-2013

II.3.

II.3.  Por informe DGAS de trámite 37942-12-TO Cite: PS 37942/2012 de 23 de julio, se establece que la petición de reconocimiento de la personería jurídica del Sindicato de Trabajadores Civiles de COSSMIL, es improcedente técnicamente, bajo el razonamiento que el art. 104 de la Ley General del Trabajo (LGT) establece que no podrán organizarse sindicalmente los funcionarios públicos, cualquiera que sea su categoría y condición (fs. 5 a 6).