SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2013-L
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0193/2013-L

Fecha: 08-Abr-2013

I.2.1. Ratificación de la acción

Con el derecho a réplica, respecto al informe de los Vocales codemandados, señaló que en cuanto a la complementación que debió solicitarse, ésta no puede cambiar el fondo de la Resolución. En cuanto al informe de Mario Jeréz Calle, ex Juez Sexto de Partido en lo Civil y Comercial, referente a la citación de terceros interesados, aquel aspecto se subsanó en una audiencia previa; y por otro lado, se encuentran dentro del plazo de seis meses para interponer su acción; en lo demás se remite a la SC 0624/2010-R.